Preguntas Frecuentes. Procedimiento de Acceso para personas mayores de 40 Años.

  • Pueden participar todos/as aquellos/as personas que tengan cumplidos (o los cumplan durante el año) 40 años. El otro requisito indispensable es NO poseer ningún requisito de acceso a la universidad, tales tal como PEvAU (antigua Selectividad), Títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño y de Técnico Deportivo Superior; Títulos universitarios (o equivalentes).

  • No; solo puntúa la experiencia laboral y profesional.

  • No se pide la superación de ninguna prueba de acceso; pero sí la superación de una entrevista personal en la que debe figurar como Apto.

  • No pierde los derechos de acceso. La credencial obtenida para el acceso a la universidad tiene validez indefinida.

  • No en el mismo año. Solo se celebra una convocatoria anual. Podrá presentarse en siguientes años sin límite de convocatorias. También puede plantearse, si tiene más de 45 años, presentarse al Procedimiento de Acceso de ese cupo.

    1. Fe de vida laboral detallada.
    2. Contratos de trabajo, en su caso.
    3. Certificado en el que se acredite el desempeño de puestos de representación política, o delegación de nivel, al menos, provincial, en su caso.
    4. DNI.
  • Solo y exclusivamente a las titulaciones que se relacionen con la familia o familias profesionales que figuren en su acreditación, en las que en su conjunto obtengan al menos 5 puntos (y la clasificación final de APTO).

  • No. Solamente podrán solicitar el ingreso en una universidad andaluza quienes presenten un documento que acredite el acceso para personas mayores de 40 expedido por una universidad andaluza.

  • No. Para utilizar esta vía no se pueden tener otros títulos que le habiliten por otras vías para acceder a los estudios que se deseen.

  • No, ya posee un requisito que le permite acceder a la universidad; si su nota es baja podría mejorarla presentándose solo a las materias de admisión y si es el caso a toda la prueba.

  • En su caso sí; podría presentarse a la prueba de personas mayores de 25 o 45 siempre que reúna los requisitos.

  • Sí puede presentarse al procedimiento de acceso para personas de 40 años pues este acceso incluye todas las edades a partir de 40 años.

  • Según el Acuerdo del 23 de octubre de 2014 en su Anexo II, podemos encontrar cómo calcular la valoración del tiempo de trabajo en los niveles de competencia establecidos por el Ministerio de Educación.

    PUNTUACIÓN = Suma de los distintos tiempos (tiempo de experiencia x V x Cf).

    Si aplicamos la fórmula: PUNTUACIÓN = 18 x 1.25 x 0.8 = 18 puntos

    Valor de experiencia. Coeficiente V: 1.25 x año completo de trabajo; 0.104 x mes completo o periodo de más de 15 días. Valor de competencia. Coeficiente C: 0.6 (nivel 1); 0.8 (nivel 2); 1 (nivel 3). Según el grupo de cotización de lal Seguridad Social.

    A groso modo, aunque dependerá del grupo de cotización, puede calcularse con un punto por año cotizado.

  • Es obligatorio entregar tanto la fe de vida laboral como todos los contratos de trabajo que desea le tengan en cuenta. Es precisamente en el contrato donde se especifica el tipo de trabajo desempeñado.

    Por ejemplo en una fe de vida puede aparecer reflejado que una persona ha trabajado en un hotel, con un grupo de cotización determinado. Sin embargo, como usted sabe en un hotel se puede trabajar como administrativo, cocinero, técnico especialista de mantenimiento, vigilante etc., y cada una de esas ocupaciones va asociada a una familia profesional diferente.

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