Recursos

Desde que la persona interesada es notificada de la resolución del órgano de la Universidad que ha tramitado su solicitud, esta puede interponer en el plazo máximo de un mes Recurso de Alzada, siempre que en la resolución se indique que la misma no agota la vía administrativa.

A continuación se relacionan los tipos Recursos de Alzada que se tramitan en este servicio. Para su presentación se deberá adjuntar copia de la resolución que se recurre y la documentación que se considere oportuna para acreditar la alegación.

Recursos de Alzada que se tramitan en este Servicio

Normativa aplicable