Si has recibido una resolución y deseas manifestar tu disconformidad, puedes interponer uno de los siguientes recursos dentro del plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.
1. Recurso de Alzada
Se interpone ante resoluciones que no agotan la vía administrativa. El objetivo es que el órgano superior jerárquico revise la decisión del órgano que dictó el acto.
Casos que tramitamos:
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Impago de matrícula: 👉 Contra el desistimiento de la matrícula por no haber abonado los precios públicos.
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Excepciones de Permanencia: 👉 Contra la denegación de solicitudes relacionadas con el Reglamento de Permanencia.
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Gestión de matrícula: 👉 Recursos sobre cambios de grupo, anulaciones de matrícula, etc., cuya solicitud inicial fuera desestimada.
Requisitos de presentación:
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Copia de la resolución que se recurre.
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Documentación que acredite las alegaciones.
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Presentación en el plazo de 1 mes.
Normativa aplicable:
2. Recurso Potestativo de Reposición
Se interpone ante resoluciones que agotan la vía administrativa y la propia resolución indica que procede su interposición.
Ejemplo: "Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, tal y como la propia resolución indica que procede su interposición. Todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."
Casos que tramitamos:
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Traslados de Expediente: 👉 Recursos contra resoluciones de Decanos/as o Directores/as de centro sobre solicitudes para continuar en la UGR estudios iniciados en otra universidad.
Procedimiento:
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Copia de la resolución que se recurre.
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Plazo de presentación: 1 mes.
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Es imprescindible adjuntar la resolución recurrida y las pruebas pertinentes.