Quienes aporten como requisitos de acceso la de estar en posesión de título de Técnico Superior deberán tenerlo expedido al 11 de julio, o en su defecto, estar en posesión del resguardo de haberlo abonado a dicha fecha. Ello sin menoscabo de requerir a la persona interesada, en aplicación del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la subsanación de este requisito.
Quienes aporten como requisitos de acceso la de estar en posesión de título universitario deberán tenerlo expedido al 5 de septiembre, o en su defecto, estar en posesión del resguardo de haberlo abonado a dicha fecha. Sin menoscabo de requerir a la persona interesada, en aplicación del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la subsanación de este requisito.
Videotutorial para realizar la solicitud de admisión a grados